Servicios Académicos
Asesorar, auditar, tramitar, y velar por el desarrollo académico institucional en el ámbito de grado, observando disposiciones legales contempladas en la Ley Orgánica de Educación Superior, Estatuto y Reglamento de Régimen Académico.
Mediante resolución 259.CP.2022, de fecha 19 de abril 2022. Consejo Politécnico resuelve:
Articulo1.- Aprobar la reforma del REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO.
Contemplando los servicios académicos que brinda la Secretaría Académica de Grado, según los articulados:
Artículo 57. - Cambio de Carrera (Movilidad Interna)
Los cambios de Carrera están sujetos a los cupos entregados por cada Carrera, observando la normativa vigente en el presente Reglamento de Régimen Académico Institucional. Para el efecto el estudiante debe presentar la documentación en la Secretaria Académica de Grado, de acuerdo a las fechas establecidas en el Calendario Académico Institucional. Una vez verificada la documentación por parte de la Secretaría Académica de Grado (SAG) se enviará a las diferentes Carreras para que se realice el proceso de homologación (convalidación) en base a las fechas establecidas en el Calendario Académico.
Artículo 58.- Requisitos Movilidad Interna.
MOVILIDAD INTERNA DE FACULTAD / CARRERA / SEDE
PERIODO ACADEMICO OCTUBRE/ 2023-MARZO/2024
- a) Oficio dirigido a la Vicerrectora Académica, solicitando autorización para cambio y homologación de asignaturas aprobadas.
- b) Récord Académic
- c) Sílabos
- d) Certificado de asignación de cupo con la calificación obtenida.
- e) Certificado de aprobación del Curso de Nivelación de carrera.
- f) Certificado médic
El estudiante podrá cambiarse de una carrera a otra una vez que haya cursado y aprobado un período académico ordinario.
El estudiante debe cumplir con el puntaje mínimo de admisión de cohorte de la carrera receptora en el período académico en el cual solicita su movilidad. Un estudiante podrá cambiarse de una carrera a otra en la Institución, por una sola ocasión.
LAS SOLICITUDES SE RECEPTARÁN DE ACUERDO CON LA DISPONIBILIDAD DE CUPOS OTORGADOS POR LAS CARRERAS.
LA DOCUMENTACIÓN SE RECEPTARÁ EN LA SECRETARÍA ACADÉMICA DE GRADO DEL 25-29 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
Artículo 59.- Movilidad por Traspaso.
La ESPOCH, atendiendo el derecho de movilidad estudiantil y la continuidad de estudios, contempla la figura académica – administrativa del Traspaso a otra unidad Académica que tenga la misma Carrera que se encuentra cursando, será autorizada siempre y cuando tenga aprobado mínimo el Primer PAO de su Carrera. Es decir, se podrá traspasar desde la Matriz a la Sede o viceversa.
El trámite respectivo será efectuado en la Secretaría Académica de Grado, para lo cual se requerirá:
a) Oficio dirigido al Vicerrector(a) Académico(a), solicitando autorización para traspaso entre unidades
académicas; y,
b) Portafolio estudiantil completo, en el que constará: Documentos Personales del estudiante; Matrículas; Récord Académico; Certificado de asignación de cupo con la calificación obtenida; Certificado de aprobación del Curso de Nivelación; y Certificado médico.
Los procesos de traspaso se ejecutarán considerando la cantidad de cupos para los procesos de movilidad que otorguen las carreras en cada Periodo Académico Ordinario
Artículo 60.- Movilidad de estudiantes que proviene de otras IES (movilidad externa).
Para el ingreso de estudiantes de otras IES a las Carreras que oferta la ESPOCH deben presentar los siguientes requisitos en las fechas establecidas en el Calendario Académico institucional.
Artículo 61.- Requisitos Movilidad Externa.
MOVILIDAD EXTERNA DE
UNIVERSIDAD/ ESCUELA POLITÉCNICA/
INSTITUTO SUPERIOR
PERIODO ACADEMICO OCTUBRE /2023-MARZO/ 2024
- Solicitud dirigida a la Vicerrectora Académica, requiriendo la autorización para la movilidad externa de IES Públicas y/o Particulares que sean reconocidas por la SENESCYT.
- Récord Académico y sílabos de la Institución de Educación Superior de la que proviene (original).
- Certificado de haber tenido gratuidad en una Institución de Educación Superior Pública hasta el Período académico en el que estuvo legalmente matriculad
- Certificado de asignación del cupo con la calificación obtenida.
- Certificado de aprobación de la Nivelación de la Carrera y /o examen exonera.
- Certificado de modalidad de estudios, sistema de evaluación y de no tener ninguna sanción en la Institución de Educación Superior de la que proviene.
- Malla curricular
- Cédula de identidad
- Copia a color del título de bachiller
Un estudiante podrá cambiarse de una carrera de una IES pública y/o particular a la ESPOCH, por una sola ocasión, una vez que haya cursado y aprobado dos períodos académicos ordinarios, cursos o sus equivalentes; y, cumplir con el puntaje mínimo de admisión de cohorte de la carrera receptora en el período académico en el cual solicita su movilidad.
LAS SOLICITUDES SE RECEPTARÁN DE ACUERDO CON LA DISPONIBILIDAD DE CUPOS OTORGADOS POR LAS FACULTADES.
LA DOCUMENTACIÓN SE RECEPTARÁ EN LA SECRETARIA ACADEMICA DE GRADO DEL 7-10 DE AGOSTO 2023.
Artículo 104.- Auditoría de fin de Carrera.
Una vez que el estudiante ha culminado su malla curricular el Coordinador (a) de Carrera remitirá el portafolio (carpeta académica) a la Secretaría Académica de Grado para la realización de la auditoria académica de fin de Carrera; requisito indispensable para presentarse a rendir el Examen de carácter Complexivo y a la defensa del Trabajo de Integración Curricular (modalidad de titulación).
Artículo 106.- Auditoría de Titulación.
Una vez que el estudiante haya culminado su proceso académico (defensa del TIC o examen de carácter complexivo) el Coordinador (a) de Carrera enviará al Decano (a) / Director (a) de Sede, la siguiente documentación:
-Matrícula Integración Curricular (Módulo de titulación)
-Actas de Calificación de titulación,
-Transcripción del Acta de Grado
-Tomo del Trabajo de Integración Curricular
Estos requisitos deben remitirse desde el Decanato o Dirección de Sede solicitando a la Secretaría Académica de Grado el trámite de auditoría de titulación; la Secretaría Académica de Grado en un plazo de cinco (5) días laborables emitirá su informe para que el Decano (a) / Director (a) de Sede emita la orden para la entrega del título profesional (especie valorada) en Tesorería.
POLITICAS ACADÉMICAS REFERENTE A LA VALIDACIÓN DE CONOCIMIENTOS A IMPLEMENTAR EN EL NUEVO SAI
DISPOSICIONES GENERALES
A-VC: APROBADO POR VALIDACIÓN DE CONOCIMIENTOS.
R-VC: REPROBADO POR VALIDACIÓN DE CONOCIMIENTOS.
REQUISITOS PARA PRESENTARSE A RENDIR EL EXAMEN DE VALIDACIÓN DE CONOCIMIENTOS
Además, la Secretaría Académica de Grado asesora permanente a clientes internos y externos sobre los procesos académicos; a través de medios virtuales (vía telefónica, correos institucionales, WhatsApp) de manera presencial.


